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 Normativa >> Reglamento 064 >> Fecha 22/09/2009 >> Articulo 5
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Normativa - Reglamento 064 - Articulo 5
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Artículo 5
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CAPÍTULO III

 

Del cobro del canon de regulación

 

            Artículo 5º—Emisión de facturas y medios de comunicación de los montos adeudados: La SUTEL, emitirá las facturas del cobro del canon de regulación dentro de los primeros siete días naturales de cada mes al cobro. La SUTEL determinará los medios y procedimientos adecuados para la comunicación y cobro de los montos adeudados por empresa, para el pago de los cánones correspondientes por cada regulado, a los que se refiere este Reglamento.


 

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