Buscar:
 Normativa >> Decreto TSE 15 >> Fecha 07/10/2009 >> Articulo 5
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 5     >>
Normativa - Decreto TSE 15 - Articulo 5
Ir al final de los resultados
Artículo 5
Versión del artículo: 1  de 1

            Artículo 5º—En aplicación de lo dispuesto por este Tribunal en la resolución Nº 405-E8-2008 de las siete horas con veinte minutos del ocho de febrero del año dos mil ocho, los Regidores que resulten electos en las elecciones del siete de febrero del año dos mil diez continuarán en sus cargos hasta el treinta de abril del año dos mil dieciséis y serán sustituidos por los Regidores que resulten electos el siete de febrero del año dos mil dieciséis.


 

Ir al inicio de los resultados