Artículo 41- Subordinación. La Dirección
del Servicio de Vigilancia Aérea contará con un director
general y estará subordinada,
en grado inmediato, al ministro de Seguridad Pública.
(Así
adicionado por el artículo 2° de
la ley Creación de la Dirección del Servicio de Vigilancia
Aérea como cuerpo policial adscrito al Ministerio de Seguridad Pública, N°
10061 del 15 de noviembre del 2021)
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