SECCION III
SECCION III
De la Guardia Civil y la
Guardia de Asistencia Rural
Artículo 21º—Competencias
La Guardia Civil y la Guardia de Asistencia Rural son cuerpos
especialmente encargados de la vigilancia general y la seguridad ciudadana;
ejercerán sus funciones en todo el país, de conformidad con la determinación
técnica sobre la naturaleza rural o urbana que señalen las instituciones
públicas correspondientes. Para ello, se establecerán unidades de mando
organizadas según la división regional que el ministerio respectivo determine.
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