Artículo 28º-Atribuciones
Artículo
28º-Atribuciones
Son obligaciones y atribuciones de la Policía de
Control Fiscal:
a) Garantizar el
cumplimiento de las leyes fiscales.
b) Auxiliar al
Ministerio de Hacienda, en todo cuanto requiera para controlar la evasión
tributaria.
c) Realizar todo tipo de allanamientos para perseguir
delitos de naturaleza tributaria. Para efectuar los allanamientos debe contar
con la autorización judicial y cumplir con las demás condiciones legales. En el
caso de presuntos incumplimientos en el uso y destino de los bienes exonerados,
podrá, además de realizar el allanamiento, decomisar las mercancías en
propiedad privada, con base en orden judicial.
(Así reformado el inciso
anterior por el artículo 47 de la Ley de Regímenes de exenciones del pago de
tributos, su otorgamiento y control sobre uso y destino, N° 10286 del 18 de
agosto del 2022)
d) Inspeccionar
los establecimientos comerciales en cualquier momento.
e) Velar por el
respeto a la Constitución Política, los tratados internacionales, las leyes y
los reglamentos respectivos.
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