TITULO III
TITULO III
Del
Estatuto Policial
CAPITULO I
Disposiciones
Generales
Artículo
54°-Alcance y objetivos
El presente Estatuto regulará las relaciones entre
el Poder Ejecutivo y los servidores miembros de las distintas fuerzas de
policía, con el propósito de garantizar la eficiencia en el mantenimiento de la
seguridad pública y de proteger los derechos de estos servidores.
(Así corrida su numeración por el artículo 1° de la Ley
de Fortalecimiento de la Policía Civilista N° 8096 del 15 de marzo de 2001, que
lo traspaso del antiguo artículo 41 al 44 actual)
(Así corrida su
numeración por el artículo 1 de la Ley de Creación de la Policía Escolar y de
la Niñez, N° 8449 del 14 de junio de 2005, que lo traspaso del antiguo artículo
44 al 50 actual)
(Así modificada su
numeración por el artículo 2° de la ley Creación de la Dirección del
Servicio de Vigilancia Aérea como cuerpo policial adscrito al Ministerio de
Seguridad Pública, N° 10061 del 15 de noviembre del 2021, que
lo traspasó del antiguo artículo 50 al 54)
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