Artículo 94°-Renovación
Artículo
116°-(Derogado
por el artículo 55 de la Ley de Regulación de los Servicios de Seguridad
Privados, N° 8395 del 1° de diciembre de 2003)
(Así corrida su numeración por el artículo 1° de
la Ley de Fortalecimiento de la Policía Civilista N° 8096 del 15 de marzo de
2001, que lo traspaso del antiguo artículo 94 al 97 actual)
(Así
corrida su numeración por el artículo 2° de la Ley de Fortalecimiento de la
Policía Civilista N° 8096 del 15 de marzo de 2001, que lo traspaso del antiguo
artículo 97 al 104 actual)
(Así
corrida su numeración por el artículo 3° de la Ley de Fortalecimiento de la
Policía Civilista N° 8096 del 15 de marzo de 2001, que lo traspaso del antiguo
artículo 104 al 106 actual)
(Así corrida su numeración por el artículo 1 de la Ley de Creación de la Policía Escolar y
de la Niñez, N° 8449 del 14 de junio de 2005, que lo traspaso del antiguo
artículo 106 al 112 actual)
(Así modificada su
numeración por el artículo 2° de la ley Creación de la Dirección del Servicio de Vigilancia Aérea como cuerpo
policial adscrito al Ministerio de Seguridad Pública, N° 10061 del 15 de
noviembre del 2021, que lo traspasó del antiguo
artículo 112 al 116)
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