Artículo 51°—Nombramiento ilegal, validez parcial de actuaciones
Artículo 51°—Nombramiento ilegal, validez parcial de
actuaciones
Será absolutamente nulo cualquier nombramiento que infrinja las
disposiciones de esta Ley o sus Reglamentos. Sin embargo, las actuaciones de un
funcionario, mientras desempeñe su cargo, serán válidas siempre y cuando estén
ajustadas a derecho.
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