Buscar:
 Normativa >> Ley 7410 >> Fecha 26/05/1994 >> Articulo 62
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 62     >>
Normativa - Ley 7410 - Articulo 62
Ir al final de los resultados
Artículo 62
Versión del artículo: 1  de 4
Siguiente
Artículo 62°—Tipos de faltas y sanciones aplicables

Artículo 62°—Tipos de faltas y sanciones aplicables

 

Las faltas contra el régimen disciplinario podrán ser leves y graves. Las primeras se sancionarán con el apercibimiento oral o escrito y las segundas, con la suspensión, sin goce de salario, de uno a treinta días o el despido sin responsabilidad patronal.


 

Ir al inicio de los resultados