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 Normativa >> Ley 8777 >> Fecha 07/10/2009 >> Articulo 8
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Normativa - Ley 8777 - Articulo 8
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Artículo 8
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Artículo 8- Cada año, este Tribunal elaborará un presupuesto para cubrir sus gastos administrativos y de recurso humano. Dicho presupuesto será cubierto por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplán).

(Así reformado por el artículo 49 sub inciso d) de la Ley Marco de Empleo Público, N° 10159 del 8 de marzo de 2022)

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