ARTÍCULO 5.-
Para
ser miembro del Tribunal Administrativo de la Seguridad Social del Régimen de
Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional se requiere ser licenciado en
Derecho, con experiencia en materia de seguridad social, empleo público o
pensiones.
Los
miembros propietarios deben trabajar a tiempo completo y ser personas que, por
sus antecedentes, títulos profesionales y reconocida competencia en la materia,
sean garantía de imparcialidad y acierto en el desempeño de sus funciones.
Cada
dos años se elegirán de su seno un presidente, quien ejercerá la representación
legal del Tribunal, un vicepresidente y un secretario; un Reglamento autónomo
de organización y servicios regulará su reposición, por parte de los suplentes.
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