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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35573 >> Fecha 16/09/2009 >> Articulo 68
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35573 - Articulo 68
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Artículo 68
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CAPÍTULO XVI

 

Del procedimiento ante denuncias por acoso laboral y sexual

 

            Artículo 68.—Órgano responsable de la divulgación y prevención. La labor de divulgación de la Ley Contra el Hostigamiento o Acoso Sexual en el Empleo y la Docencia Nº 7476 del 3 de febrero de 1995, y del presente Reglamento, así como de las políticas de prevención, será de responsabilidad del Área de Administración de Servicios Institucionales. Para cumplir con esta labor, dicha Área deberá coordinar acciones, con la Oficina de Recursos Humanos y con el jerarca de la Dirección General.


 

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