Artículo
3º—Los incentivos a que se refiere el artículo 2 de este decreto, se enmarcan
dentro de las categorías de incentivos contempladas en el articulo 40 inciso c)
de la Ley 7169 y tendrán como objetivo la capacitación y especialización del
recurso humano, y la posibilidad de impulsar la innovación e investigación en
tecnologías especializadas, así como la transferencia tecnológica empresarial.
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