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 Normativa >> Ley 8778 >> Fecha 16/10/2009 >> Articulo 27
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Normativa - Ley 8778 - Articulo 27
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Artículo 27
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ARTÍCULO 27.- Convenios de intercambio de información tributaria

 

La Municipalidad del cantón de Talamanca queda autorizada para coordinar con la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda, los mecanismos para el intercambio de información tributaria, con el fin de realizar la verificación de datos aportados por los contribuyentes y evitar la evasión.


 

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