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 Normativa >> Ley 8778 >> Fecha 16/10/2009 >> Articulo 6
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Normativa - Ley 8778 - Articulo 6
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Artículo 6
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ARTÍCULO 6.- Requisitos para el otorgamiento y el traslado de lugar de la licencia

 

En toda solicitud de otorgamiento o traslado de licencia municipal será requisito indispensable que los interesados estén al día en el pago de los tributos municipales y otras obligaciones en favor de la Municipalidad, como los impuestos de patentes de licores, bienes inmuebles, construcción y timbres.  Además, los solicitantes deberán cumplir los requisitos que indique el departamento correspondiente, según se establezca vía reglamento.


 

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