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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35642 >> Fecha 25/11/2009 >> Articulo 34
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<<     Artículo 34     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 35642 - Articulo 34
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Artículo 34    (No vigente*)
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            Artículo 34.—El Ministerio de Educación Pública suministrará a los y las Agentes de Seguridad y Vigilancia, los implementos o equipos y condiciones necesarias para poder cumplir con sus labores y garantizar su integridad física.


 

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