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 Normativa >> Ley 8788 >> Fecha 18/11/2009 >> Articulo 2
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Normativa - Ley 8788 - Articulo 2
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Artículo 2
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ARTÍCULO 2

ARTÍCULO 2.-

Adiciónase el inciso i) al artículo 3 de la Ley del impuesto sobre la renta, Nº 7092, de 21 de abril de 1988. El texto dirá:

 

 “Artículo 3.- Entidades no sujetas al impuesto

[…]

i) Las juntas de educación y las juntas administrativas de las instituciones públicas de enseñanza.”

Rige a partir de su publicación.

 

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los dieciocho días del mes de noviembre del 2009.

 

 

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