Nº
35669-MINAET
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA(*)
(*)(Modificada su denominación por el artículo 11 de la Ley "Traslado del sector
Telecomunicaciones del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones al
Ministerio de Ciencia y Tecnología, N° 9046 del 25 de
junio de 2012)
En ejercicio de las facultades que
les confieren los artículos 140, inciso 3) y 18) y 146 de la Constitución Política
y de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de la Administración Pública
Nº 6227, del 2 de mayo del 1978, Ley de Planificación
Nacional Nº 5525 del 2 de mayo del 1974, Ley Orgánica
del Ministerio de Ambiente y Energía(*), Nº
7152 del 5 de junio de 1990, Ley Forestal Nº 7575 de
13 de febrero de 1996, Ley del Servicio de Parques Nacionales, Nº 6084 del 24 de agosto de 1977, Ley de Conservación de la Vida Silvestre, Nº 7317 del 30 de octubre de 1992, Ley de Hidrocarburos Nº 7399 de 3 de mayo de 1994, Ley de Creación del Instituto
Meteorológico Nacional, Ley Nº 5222 del 26 de junio
de 1973, Código de Minería Nº 6797 del 4 de octubre
de 1982, Ley de Creación del Parque Marino del Pacifico, Nº
8065 del 27 de enero del 2001, Ley Orgánica del Ambiente Nº
7554 del 4 de octubre de 1995, Ley de Biodiversidad Nº
7788 del 30 de abril de 1998, Ley de Regulación del Uso Racional de la Energía, No. 7447 del 3
noviembre de 1994, Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos Nº 7593 del 9 de agosto de 1996, Ley de Administración
Financiera de la República
y Presupuestos Públicos, Nº 8131 del 18 de setiembre
del 2001, Ley de Reforma del inciso a) del artículo 3 de la Ley N° 5100, y sus reformas, y Creación de la Junta Directiva
del Parque Recreativo Nacional Playas de Manuel Antonio, Nº
8133 del 19 de setiembre del 2001, Ley General de Control Interno Nº 8292, del 31 de julio del 2002, Ley Orgánica de la Contraloría General
de la República,
Nº 7428 del 7 de setiembre de 1994, Ley General de
Telecomunicaciones Nº 8642, del 4 de junio de 2008,
Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector
Telecomunicaciones, Ley Nº 8660 del 8 de agosto de
2008, y el Decreto Ejecutivo Nº 34997-MINAET, del 16
de enero de 2009.
Considerando:
I.—Que corresponde al Poder
Ejecutivo reglamentar las leyes de la República.
II.—Que el Poder Ejecutivo entiende
que la estructura orgánica del Ministerio de Ambiente y Energía(*), en lo
sucesivo (MINAE)(*), es de gran relevancia para su eficiente y eficaz gestión administrativa.
III.—Que el MINAE(*), y los órganos de
desconcentración máxima que lo integran, cuentan con un marco legal sustentado
por medio de leyes y decretos ejecutivos.
IV.—Que el presente reglamento es
acorde con el documento “Lineamientos y Macroproceso de Reorganizaciones
Administrativas”, oficializado por el MIDEPLAN el día 2 de diciembre de 2008.
V.—Que en cumplimiento de los
Lineamientos y Macroproceso de Reorganizaciones Administrativas del Ministerio
de Planificación y Política Económica, mediante DM-1897-2009, fue remitido a
dicho Ministerio el Estudio Técnico de la nueva estructura del MINAE(*).
VI.—Que mediante oficio DM-843-09,
del 30 de noviembre de 2009, suscrito por el señor Roberto J. Gallardo Núñez,
Ministro de Planificación Nacional y Política Económica, se procedió a
registrar la modificación a la estructura interna del Ministerio de Ambiente y
Energía(*), de acuerdo con las disposiciones normativas: Leyes Nº 5525, Nº 7668, Decretos Nº 33713 y Nº 33783 y la Directriz 021. Por
tanto,
(*)(Modificada su
denominación por el artículo 11 de la
Ley "Traslado del sector Telecomunicaciones del
Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones al Ministerio de Ciencia y
Tecnología, N° 9046 del 25 de junio de 2012)
Decretan:
Reglamento Orgánico del
Ministerio de Ambiente,
y Energía(*)
TÍTULO I
CAPÍTULO ÚNICO
Disposiciones generales
Artículo 1º—Del objeto. El
presente reglamento tiene por objeto describir la estructura del Ministerio de
Ambiente y Energía(*), y determinar las relaciones
administrativas de los órganos que lo conforman para el cumplimiento de las
funciones y competencias asignadas por las leyes y los reglamentos ejecutivos
vigentes.