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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35669 >> Fecha 04/12/2009 >> Articulo 24
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35669 - Articulo 24
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Artículo 24
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TÍTULO III

CAPÍTULO II

Viceministerio de Ambiente

    Artículo 24.—De la Dirección Marino Costero. Créase la Dirección Marino Costera.

(Así reformado por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 36437 del 24 de enero del 2011)

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