Artículo 67.—Derogatorias.
a. A la entrada en vigencia de la presente reglamentación, deróguese el
Decreto Ejecutivo Nº 30077-MINAE Reglamento General del Ministerio del Ambiente
y Energía, del 21 de diciembre de 2001.
b. A la entrada en vigencia de la presente reglamentación, deróguese el
Decreto Ejecutivo Nº 28216-MINAE, que crea la Oficina Género y Ambiente, del 20
de octubre de 1999.
c. A la entrada en vigencia de la presente reglamentación, deróguese el
Decreto Ejecutivo Nº 30024-MINAE, del 2 de noviembre de 2001.
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