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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35669 >> Fecha 04/12/2009 >> Articulo 6
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35669 - Articulo 6
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Artículo 6
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TÍTULO ll

CAPÍTULO I

Estructura orgánica

            Artículo 6º—Organización. Para los efectos de este reglamento, el Ministerio de Ambiente y Energía(*) está integrado por los siguientes órganos y dependencias:

(*)(Modificada su denominación por el artículo 11 de la Ley "Traslado del sector Telecomunicaciones del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones al Ministerio de Ciencia y Tecnología, 9046 del 25 de junio de 2012)

 

            Son órganos superiores del Ministerio, en orden jerárquico los siguientes:

1. Despacho del Ministro

a. Auditoría Interna

b. Dirección de Asesoría Jurídica

c. Departamento de Prensa y Relaciones Públicas

d. Dirección de Planificación

d.1. Departamento de Planificación Institucional

d.2. Departamento de Planificación Sectorial

d.3. Departamento de Seguimiento y Evaluación

d.4. Departamento de Control Interno

e. Dirección de Tecnología de la Información

e.1. Departamento de Telemática y Soporte Técnico

e.2. Departamento de Sistemas de Información

e.3. Centro de Documentación

e.4. Centro Nacional de Información Geoambiental

f.  Dirección de Cooperación Internacional

g. Contraloría Ambiental

        (*) 2.         Despacho del Viceministro de Ambiente que en adelante se denominará Viceministerio de Ambiente, conformado por las siguientes dependencias:

a- Dirección Marino Costera.

b- Sistema Nacional de Áreas de Conservación.

c- Parque Marino del Pacífico.

d- Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad.

e- Fondo Nacional de Financiamiento Forestal.

f-  Junta Directiva del Parque Recreativo Nacional Playas de Manuel Antonio.

g- Comisión de Ordenamiento y Manejo de la Cuenca del Río Reventazón.

(*)(Así reformado el punto 2) anterior por el artículo 1° del  decreto ejecutivo 36437 del 24 de enero del 2011)

            3.         Despacho del Viceministro de Energía que en adelante se denominará Viceministerio de Energía, conformado por las siguientes dependencias:

a- Dirección de Geología y Minas.

b- Tribunal Ambiental Administrativo.

c- Secretaría Técnica Nacional Ambiental.

d- Instituto Meteorológico Nacional.

e- Dirección de Gestión de Calidad Ambiental.

f-  Dirección de Aguas.

g- Dirección de Cambio Climático.

h- Oficina Costarricense de Implementación Conjunta

i-  Dirección General de Transporte y Comercialización de Combustible.

j-  Dirección General de Hidrocarburos.

k- Dirección de Energía.

(*)(Así reformado el punto 3) anterior por el artículo 1° del  decreto ejecutivo 36437 del 24 de enero del 2011)

4. Despacho del Viceministro de Telecomunicaciones que en adelante se denominará Viceministerio de Telecomunicaciones, conformado por las siguientes dependencias:

a. Dirección de Espectro Radioeléctrico.

b. Dirección de Redes y Sistemas de Telecomunicaciones.

c. Dirección de Planeación.

d. Dirección de Normas y Procedimientos.

5. Oficialía Mayor-Dirección Ejecutiva, conformada por las siguientes dependencias:

a. Proveeduría Institucional

b. Dirección Financiero Contable

c. Dirección de Recursos Humanos

c.1.Consultorio Médico

c.2. Salud Ocupacional

d. Departamento de Servicios Generales

e.         Contraloría de Servicios

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