Artículo
19.—De las funciones de la Dirección de Tecnología
de la Información. Serán funciones de la Dirección de Tecnología de la
Información las siguientes:
a. Planificar, coordinar, asesorar y monitorear un Plan de Tecnología
de la Información, basado principalmente en la consecución de la Estrategia
Ministerial y Sectorial acorde a los lineamientos de la especialidad.
b. Planificar, asesorar, coordinar y organizar los sistemas de
información, archivo y la informática en congruencia con las estrategias y
programas del área de especialidad, para lograr el cumplimiento de objetivos y
metas institucionales y sectoriales.
c. Coordinar en conjunto con el despacho ministerial y viceministerios
de su especialidad, las actividades ministeriales y sectoriales que permitan
cumplir con las políticas, lineamientos, directrices y estrategias del área de
especialidad.
d. Coordinar y promover el uso de las tecnologías de información y
comunicación en el accionar Ministerial y Sectorial, planificando los proyectos
de estandarización, integración, modularización y digitalización de la
información.
e. Planificar, coordinar y asesorar en los proyectos de modernización
tecnológica, así como los proyectos tendientes a la digitalización de los
procesos y servicios de competencia Ministerial y Sectorial.
f. Asesorar y brindar el seguimiento, control y fiscalización en la
aplicación de las políticas, lineamientos, directrices, normativa y estrategias
ministeriales y sectoriales.
g. Elaborar normas y procedimientos necesarios para la gestión, en el
desarrollo de la tecnología de la información, construyendo lineamientos e
indicadores de desempeño que permitan monitorear el accionar en el área de
especialidad.
h. Coordinar, planificar, asesorar y dar seguimiento a las iniciativas
de cooperación internacional tendientes al desarrollo e implementación de
tecnologías de información a nivel Ministerial y Sectorial del área de
especialidad.
i. Asesorar, coordinar y supervisar que los sistemas en operación
institucional e interinstitucionales, sigan en un adecuado funcionamiento;
promoviendo la búsqueda de nuevas tecnologías que permitan una adecuada
integración con el accionar Ministerial y Sectorial, así como en la mejora de
los mismos.
j. Asesorar y coordinar, en conjunto con el despacho ministerial, la
elaboración de los planes operativos incluyendo la variable presupuestal, con
el propósito de dar sostenibilidad y viabilidad a los proyectos tendientes al
desarrollo de la tecnología de la información a nivel Ministerial y Sectorial.
k. Coordinar, planificar, asesorar y supervisar el adecuado desarrollo
de los sistemas documentales, administrativos, geoespaciales
y de servicio según los requerimientos Ministeriales y Sectoriales en el área
de especialidad.
l. Coordinar, planificar, asesorar y supervisar las actividades
realizadas por el Departamento de Telemática y Soporte Técnico, Departamento de
Sistemas de Información, Centro de Documentación y Centro Nacional de
Información Geoambiental.
m. Coordinar y planificar las acciones necesarias que permitan
contar a nivel Ministerial y Sectorial con la tecnología requerida para lograr
la adaptabilidad, integración, simplificación, estandarización, modularización,
interoperatividad y digitalización de los sistemas informáticos que sean
requeridos.
n. Cualquier otra establecida por el ordenamiento legal, que
corresponda al nivel ejecutivo y la materia.
o. Las que sean asignadas por el Ministro o Viceministros y jerarcas
administrativos.