Artículo
62.—De las funciones de la Comisión de Presupuesto y
Eficiencia del Gasto. Serán funciones de la Comisión de Presupuesto y
Eficiencia del Gasto las siguientes:
a. Asesorar al Despacho Ministerial para la toma de decisiones
oportunas sobre los presupuestos institucionales tanto ordinarios como
extraordinarios.
b. Proponer las políticas y planes institucionales en materia
presupuestaria, en consonancia con las directrices de gobierno y la legislación
vigente.
c. Velar por la preparación y asignación técnica del presupuesto basada
en las necesidades reales de cada una de las oficinas o dependencias que
conforman la Institución
de manera ordenada, de modo que se propicie un racional y eficiente uso de los
recursos puestos a disposición del MINAE(*).
d. Aprobar la distribución de los presupuestos de las dependencias del MINAE(*) y los planes de compras de bienes e insumos de esas
dependencias.
e. Velar por la correcta y oportuna ejecución de los presupuestos
asignados a cada oficina o dependencia, con el propósito de evitar que gran
cantidad de fondos asignados se pierdan por la no ejecución de los mismos.
f. Dar seguimiento periódico a la ejecución de los presupuestos de las
dependencias del MINAE(*), proponiendo las medidas
correctivas oportunamente.
(*)(Modificada su
denominación por el artículo 11 de la
Ley "Traslado del sector Telecomunicaciones del
Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones al Ministerio de Ciencia y
Tecnología, N° 9046 del 25 de junio de 2012)
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