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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35677 >> Fecha 19/11/2009 >> Articulo 12
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35677 - Articulo 12
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Artículo 12
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            Artículo 12.—Retiro de la solicitud. El solicitante podrá retirar la solicitud mediante una manifestación por escrito dirigida a la Oficina. Si el retiro se tramita antes de la publicación tendrá derecho al reembolso del 50% de las tasas que se hubieren pagado.


 

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