Artículo 2°.-
Modifícase el artículo 4° de la Ley No. 8790, Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del Año 2010,
publicada en el Alcance No. 52 a La Gaceta No. 254
de 31 de diciembre de 2009, en la forma que se indica a continuación:
EN
LA PÁGINA PP-102-030.
DONDE
DICE:
59903-001-2250-1120
BIENES
INTANGIBLES ¢3,240,000
DEBE
DECIR:
59903-001-2240-1120
BIENES
INTANGIBLES ¢3,240,000
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