Artículo
2º—Definiciones. Para los efectos del presente Reglamento, se establecen
las siguientes definiciones.
Área de Ingresos: Todas
aquellas dependencias que conforman el Viceministerio de Ingresos del
Ministerio de Hacienda.
Dirección General: Órgano
superior de la Dirección General de Tributación.
Dirección: Dirección General de
Tributación.
Director(a): Director(a) General de
Tributación
Ministerio: Ministerio de Hacienda.
Ministro(a): Ministro(a) de Hacienda.
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