Artículo 36.—Subdirección de
Programación y Seguimiento de Cobro Administrativo. Corresponde a esta
Subdirección realizar las siguientes funciones:
a) Determinar e implementar las normas y procedimientos que deben
cumplir las áreas operativas de las Administraciones Tributarias, en cuanto a
la gestión de cobro y aplicación de sanciones.
b) Controlar y dar seguimiento al cumplimiento efectivo de la normativa
y procedimientos relacionados con la materia a su cargo por parte de las
Administraciones Tributarias.
c) Determinar e implementar los planes anuales y programas a realizarse
en las Administraciones Tributarias, en concordancia con las metas de la
Dirección General y las políticas institucionales.
d) Analizar y calificar en forma permanente la información de la
cartera morosa.
e) Elaborar los procedimientos para gestionar el cobro administrativo y
las sanciones e intereses por concepto de tributos atinentes a obligaciones
tributarias que sean competencia de la Dirección General de Tributación.
f) Elaborar los procedimientos para atender los recursos de
revocatoria interpuestos contra los actos administrativos; y para aplicar la
materia sancionadora.
g) Elaborar los procedimientos para el estudio y resolución de las
peticiones de aplazamientos y fraccionamientos de pago y controlar su
cumplimiento.
h) Elaborar los procedimientos para la declaración de prescripción o
incobrabilidad de los créditos y controlar su cumplimiento.
i) Establecer el procedimiento administrativo material de cierres de
negocios cuando posterior al requerimiento de la Administración Tributaria, no
se da el ingreso de las sumas retenidas, percibidas o cobradas en los impuestos
general sobre las ventas y selectivo de consumo.
j) Controlar y dar seguimiento al cumplimiento efectivo de la
normativa relacionada con la materia a su cargo por parte de las
Administraciones Tributarias.
k) Evaluar los resultados obtenidos por los órganos encargados del
cobro, definiendo indicadores y preparando informes periódicos.
l) Evaluar en forma permanente la calidad de la información que se
genera o ingresa a las bases de datos relacionadas con las funciones del
proceso, mediante estadísticas e informes periódicos de resultados.
m) Proponer ante el Director de Recaudación el desarrollo y
mantenimiento de las bitácoras y estadísticas para ejercer el debido control.
n) Coordinar con Instituto Nacional de Seguros para el efectivo cobro
del impuesto a la propiedad de vehículos.
o) Realizar cualesquiera otras tareas incluyendo las que le asigne el
Director (a) de Recaudación, no expresadas anteriormente, pero que se puedan
incluir dentro del ámbito de sus competencias y responsabilidades.