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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35688 >> Fecha 27/11/2009 >> Articulo 43
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35688 - Articulo 43
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Artículo 43
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            Artículo 43.—Subdirección de Consulta Tributaria. Corresponde a esta Subdirección realizar las siguientes funciones:

 

a) Estudiar, elaborar los proyectos de respuestas a las consultas planteadas por los contribuyentes al amparo del artículo 119 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, y todos los actos que de ellas se deriven.

b) Atender consultas planteadas por las diferentes dependencias del Ministerio de Hacienda u otros órganos.

c) Realizar cualesquiera otras tareas incluyendo las que le asigne el Director (a) de Tributación Internacional y Técnica Tributaria, no expresadas anteriormente, pero que se puedan incluir dentro del ámbito de sus competencias y responsabilidades.


 

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