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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 30043 >> Fecha 18/09/2001 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 30043 - Articulo 3
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Artículo 3    Tipo: Anexo
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Anexo N° 3

 

Información minima que debe contener la Hoja de Seguridad-MSDS

 

            La siguiente es la Hoja de Seguridad (MSDS) que tiene el formato adoptado por la International Standarization Organization (ISO). No es necesario que la hoja que se presente, siga el mismo formato, pero sí que contenga la información que se solicita como mínima en cada sección. En caso de productos importados cuya Hoja de Seguridad se encuentre en un idioma diferente al español se debe llenar la ficha técnica adjunta a este Anexo y presentar junto con el documento original o copia del mismo. Para cada una de las secciones del documento se deben incluir al menos los parámetros indicados 1.

 

              1 Serán aceptadas las abreviaciones ND (no disponible o no determinado) y NA (no aplica) en aquellos casos en que la ausencia de información sea como probable.

 

              2 Esta información no debe ser aportada en caso de plaguicidas y fertilizantes domésticos.

 

 

Sección I. Identificación del producto e información del fabricante.

I.1        Marca comercial del producto.

I.2        Identificación del fabricante.

 

1.2.1 Nombre de la compañía fabricante.

1.2.2 Dirección del fabricante.

1.2.3 Números de teléfono y fax.

 

I.3        Teléfonos de emergencias suministrados por el fabricante.

 

Sección II. Composición e información sobre los ingredientes.

 

II.1       Un listado, con el nombre común o genérico, de todos los componentes del        producto, excipientes o activos, aún cuando se encuentren declarados como propiedad intelectual. La concentración de los ingredientes activos, debe declararse exacta, en el caso de los excipientes la concentración podrá      definirse como un rango, la diferencia entre el valor mayor y menor del mismo, no puede ser superior a 20.

 

II.2        Cada componente (ingrediente activo) identificado con su nombre común o genérico y número de CAS (N° de registro en el Chemical Abstracs Service).

 

Seccion III. Identificación de los riesgos y efectos por exposición.

 

            En esta sección, proveer información de los efectos potenciales en Ia salud humana y los síntomas causados por la exposición al producto.

 

III.1       Efectos de la exposición por:

 

III.1.1 Inhalación.

III.1.2 Ingestión.

III.1.3 Contacto con los ojos.

III.1.4 Contacto con la piel.

 

III.2      Información existente para:

 

III.2.1 Carcinogenicidad.

III.2.2 Mutagenicidad.

III.2.3 Teratogenicidad.

III.24 Neurotoxicidad.

IIl.2.5 Sistema reproductor.

Ill.2.6 Organos blanco.

III.2.7 Otros efectos.

 

Sección IV. Primeros auxilios.

 

IV.1      Detalla las instrucciones a seguir en caso de que la exposición accidental requiera de tratamiento inmediato. Debe incluir las medidas a seguir en caso de:

 

           IV.1.1I Contacto ocular.

            IV.1.2 Contacto dérmico.

            IV.1.3 Inhalación.

            IV.1.4 Ingestión.

 

1V.2   Información para el médico.

1V.3   Antídoto recomendado (si aplica).

 

 

Sección V. Medidas contra el fuego.

 

            En esta sección se provee de una guía básica en caso de fuego, además, se describen otras propiedades útiles para evitarlo y combatirlo, incluyendo el agente extintor apropiado.

 

V.1       Para aquellos materiales combustibles o inflamables o explosivos o que pueden aumentar las proporciones de un fuego:

 

V.1.1 Punto de inflamación o de autoignición.

V.1.2 Limites de inflamabilidad (si existen).

V.1.3 Agente (s) extintores 2.

V.1.4 Equipo de protección personal para combatir el fuego 2.

V.1.5 Productos peligrosos por combustión.

 

 

 

Sección VI. Medidas en caso de derrame o fuga 2.

 

            Se describen las acciones a tomar para minimizar los efectos adversos en caso de derrame o fuga del material.

 

            VI.1 Procedimientos para atención de derrames.

            VI.2 Procedimientos para la atención de fugas.

 

 

Sección VII. Manipulación y almacenamiento.

 

            Da información de prácticas adecuadas para el manejo y almacenamiento seguros.

 

VII.1 Temperatura y condiciones de almacenamiento.

VII.2 Forma adecuada de manejar los recipientes.

VII.3 Comentarios generales cuando aplique, como los efectos de la exposición a la luz del sol, a la llama, a atmósferas húmedas, etc.

 

Sección VIII. Con troles a la exposición y equipo de protección personal2

 

VIII.1   Provee información de prácticas y equipo de protección, útiles para minimizar      la         exposición del trabajador.

   

    VIII.1.1 Condiciones de ventilación.

    VIlI.1.2 Equipo de protección respiratoria.

    Vlll.1.3 Equipo de protección ocular.

    VIII.1.4 Equipo de protección dérmica.

 

VIII.2 Cuando existan, se incluirán los siguientes datos de control a la exposición determinados por la OSHA o la ACGIH de los EEUU:

 

Limites de exposicion: 2

IDLH: Immediatel y Dangerous to life or Health concentration:

La máxima concentración a la cual se puede estar expuesto por 30 min. sin generar síntomas o efectos dañinos a la salud. Este es un valor de referencia para la escogencia de mascarillas.

PEL: Permissible Exposure Limit, REL: Recommended Exposure Limit (OSHA), equivalente a TLV. Concentración promedio en aire (TWA), de una sustancia potencialmente tóxica que se define como segura para jornadas laborales de hasta 10 horas diarias o 40 semanales. Si el valor es precedido por una letra "C", dicha concentración no puede ser excedida por ningún motivo. STEL: Short Term Exposure Limit. Concentración promedio en aire (TWA), a la cual los trabajadores pueden ser expuestos por períodos de hasta 15 minutos, no mas de 4 veces en un día, y con una diferencia de 1 hora por lo  menos entre una exposición y la siguiente.

 

TLV: Threshold Limit Value. (ACGIH), equivalente a PEL. Concentración promedio en aire (TWA), de una sustancia potencialmente tóxica, en la cual se cree que los trabajadores adultos sanos, pueden estar expuestos de manera segura por 40 horas a la semana, durante toda su vida laboral.

 

TWA: Time Weighted Average. Concentración promedio en aire a la cual una persona esta expuesta, usualmente en un periodo de 8 horas. Por ejemplo, si una persona se expuso a 0, I mglm3 durante 6 horas, y a 0,2 mglm3 por dos horas, el TWA de esas 8 horas es: (0, I x 6 + 0,2 x 2)/8 = 0,125 mglm3

 

 

Sección IX. Propiedades físicas y químicas.

 

Proveé información adicional que puede ser de ayuda en la caracterización del material y en el diseño de buenas prácticas de trabajo.

 

IX.1 Olor y apariencia.

IX.2 Gravedad especifica 2

IX.3 Solubilidad en agua y otros disolventes.

IX.4 Coeficiente de partición n-octanol/agua.

IX.5 Punto de ebullición o fusión (según sea el caso y cuando aplique).

IX.6 Presión de vapor.

IX.7 pH.

 

 

Sección X. Estabilidad y Reactividad 2

 

            Describe las condiciones que deben evitarse y la incompatibilidad con otros materiales que puedan causar una reacción que cambie la estabilidad propia del material.

X.1 Estabilidad.

X.2 Incompatibilidad.

X.3 Riesgos de polimerización.

X.4 Productos de descomposición peligrosos.

 

 

Sección XI. Información sobre toxicología.

 

XI.1    Estudios de toxicidad aguda del producto a registrar (si existiese) o de los ingredientes activos del producto a registrar:

 

         XI.1.a    Dosis letal media aguda oral en ratas u otro animal de laboratorio (DLSo).

 

         XI.I1b     Dosis letal media aguda dérmica en conejo u otro animal de laboratorio (DLSo).

         XI.1.c    Dosis letal media aguda por inhalación, 4 horas de exposición en ratas (CLSo).

 

XI.2   Irritación de ojo, mucosas del tracto respiratorio, piel (en conejo) y sensibilización (en cobayo).

 

 

Sección XII. Información de los efectos sobre la ecología.

 

            En caso de existir incluye información sobre los efectos que el material puede tener en plantas o animales o en el entorno a que haya sido destinado.

 

1.       Propiedades físico/ambientales. Proceso de degradación ambiental adjuntando reacciones, metabolitos, movilidad y lixiviación, bioacumulación, período de vida media, residualidad.

2.        Toxicología ambiental. Efectos sobre animales domésticos, peces, crustáceos, aves, abejas, moluscos, algas, anfibios.

 

 

Sección XIII. Consideraciones sobre la disposición final del producto.

 

            Proveé información útil para determinar las medidas de disposición apropiadas.

 

XIII. 1 Procedimientos para disposición de desechos.

 

 

Sección XIV. Información sobre el transporte.2

 

            Proveé la información básica para el transporte dentro del marco de la clasificación de mercancías peligrosas de la ONU. Debe adjuntarse la Hoja de transporte terrestre de plaguicidas, según la normativa vigente.

 

Sección XV. Información regulatoria (opcional).

 

            Se incluye información adicional en las regulaciones que afectan al producto. (Como estas regulaciones dependen del país, solo es útil cuando las regulaciones coinciden). Ejemplos: precursores, asbestos, agotadores de la capa de ozono, carcinógenos, etc.

 

 

Sección XVI. Otra información (opcional).

 

            Se utiliza para proveer cualquier información adicional, par ejemplo fechas de elaboración y de revisión de la MSDS, clasificación NFPA 0 WHMlS, etc.

 

 

Anexo N° 3

 

 

FORMULARIO-HOJA DE SEGURIDAD

 

La presentación de este formulario lleno es obligatorio para productos cuya hoja de seguridad este en idioma diferente al español, y opcional para productos con hojas de seguridad en español.

 

Para el llenado, tómese como base el documento, "Información minima que debe contener una hoja de seguridad-MSDS".

 

Nota: Si requiere de espacio adicional para indicar la información solicitada, sírvase hacer usa de hojas adicionales.

 

(Nota de Sinalevi: En la publicación de este Reglamento se consignó dos veces el anexo N° 3)

 

(Nota de Sinalevi: Por lo extenso de su contenido y formato ver La Gaceta N° 9 del 14 de enero de 2002)

 


 

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