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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35710 >> Fecha 14/01/2010 >> Articulo 5
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35710 - Articulo 5
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Artículo 5
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            Artículo 5º—La Autoridad Presupuestaria según su proceder administrativo y técnico, hará extensivas y autorizará según corresponda, a las entidades y órganos cubiertos por su ámbito, las resoluciones que respecto de las disposiciones del presente Decreto Ejecutivo, emita la Dirección General de Servicio Civil.


 

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