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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35710 >> Fecha 14/01/2010 >> Articulo 6
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35710 - Articulo 6
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Artículo 6
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            Artículo 6º—El presente incremento se aplicará a los pensionados y pensionadas, con cargo al Presupuesto Nacional, de acuerdo con lo que establezcan las leyes correspondientes para cada régimen.


 

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