Artículo 10.—Para
que se adicione un nuevo anexo que llevará el número diecisiete y se denominará
Instructivo para elaborar el informe certificado de seguimiento para proyectos
PSA de manejo de bosque y en lo sucesivo se lea de la siguiente forma:
Anexo
17. Instructivo para elaborar el informe certificado
de seguimiento para proyectos PSA de manejo de
bosque.
Para el trámite de los pagos a los 12, 24, 36 y 48
meses de la firma del contrato, el Regente Forestal debe presentar la
certificación considerando los siguientes aspectos:
El suscrito ____________, Nº colegiado ______,
En mi calidad de Regente Forestal, con póliza de fidelidad Nº ______,
amparado a la Ley Forestal, su reglamentación, sus modificaciones y la
normativa vigente. Certifico el estado del bosque de acuerdo a los
siguientes criterios.
1. Indicar el nombre del propietario, folio real y
área efectiva de PSA.
2. Agregar el número de contrato PSA y el número
de cuota respectiva.
3. Número de formulario de regencia, fecha de
visita.
4. Indicar las acciones realizadas para evitar la
cacería, tala e incendios forestales, rotulación e informar de cualquier
anomalía detectada.
5. Para los pagos posteriores, el Regente Forestal
debe certificar el estado del bosque, así como el cumplimiento de lo
establecido en el plan de manejo aprobado por el SINAC, y cualquier otro
aspecto relacionado con la permanencia del bosque.
6. En todos los casos, las Certificaciones deben
ser elaborados en papel de seguridad, contener el nombre, número de colegiado y
firma del profesional responsable, la fecha de elaboración y con los timbres
respectivos.
En todos los demás aspectos no considerados
en la presente modificación, se mantiene vigente el Manual de Procedimientos
para el Pago Servicios Ambientales, publicado en el Nº 46 del día viernes 6 de
marzo 2009.