Artículo
9º—El Alcalde Municipal, es el enlace entre el Concejo Municipal y los
servidores de la comunidad, él es el funcionario de mayor jerarquía dentro de
la Institución, por lo que toda información por parte de la administración que
sea dirigida al Concejo Municipal a de ser remitida por su despacho.
A él
corresponde la presentación ante el Concejo de toda iniciativa y de los
informes que presente la administración ante dicha instancia.
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