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 Normativa >> Reglamento municipal 188 >> Fecha 07/12/2009 >> Articulo 12
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Normativa - Reglamento municipal 188 - Articulo 12
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Artículo 12
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            Artículo 12.—El Departamento de Recursos Humanos de la Municipalidad será responsable de elaborar y custodiar el expediente personal de cada uno de los funcionarios (as), y de mantener al día los archivos de los documentos pertinentes que estos y estas aportan, así como de preservar su confidencialidad.


 

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