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 Normativa >> Reglamento municipal 188 >> Fecha 07/12/2009 >> Articulo 162
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Normativa - Reglamento municipal 188 - Articulo 162
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Artículo 162
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CAPÍTULO XXVIII

 

Del uso del uniforme

 

            Artículo 162.—La Municipalidad  es una institución descentralizada que, como ente con organización formal, considera de utilidad pública el dotar a su personal permanente, de un uniforme que permita la fácil identificación por parte del público, así como evitar el fomento de diferencias de tipo social que creen divisiones odiosas entre sus funcionarios.


 

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