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 Normativa >> Reglamento municipal 188 >> Fecha 07/12/2009 >> Articulo 165
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Normativa - Reglamento municipal 188 - Articulo 165
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Artículo 165
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            Artículo 165.—Los materiales con que se fabricarán las prendas, serán todos de buena calidad y se contratara su confección y compra siguiendo las disposiciones del código municipal y la ley de contratación administrativa.


 

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