Buscar:
 Normativa >> Reglamento municipal 188 >> Fecha 07/12/2009 >> Articulo 198
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 198     >>
Normativa - Reglamento municipal 188 - Articulo 198
Ir al final de los resultados
Artículo 198
Versión del artículo: 1  de 1

            Artículo 198.—Para los procedimientos administrativos se aplicará el artículo 150 del Código Municipal, la Ley General de la Administración Pública y el presente reglamento en lo que corresponda.


 

Ir al inicio de los resultados