CAPÍTULO XI
De los deberes de los
servidores (as) de la Municipalidad
Artículo 25.—Son deberes
de los servidores (as) de la Municipalidad:
a) Respetar
este reglamento, así como cumplir las obligaciones vigentes en sus cargos.
b) Prestar
los servicios contratados con absoluta dedicación, intensidad y calidad, responsabilizándose
de sus actos y ejecutando sus tareas y deberes con apego a los principios legales, morales y éticos.
c) Guardar
la consideración debida al público atenderlo con diligencia, afán de servicio y
buen trato, de modo que no se origine queja justificada por mal servicio o
atención.
d) Garantizar,
a la administración municipal la integridad y fidelidad en su trabajo, sea éste
de la naturaleza que sea, en aras de lograr el cumplimiento de los objetivos y
la misión de la Municipalidad.
e) Cuidar,
resguardar, preservar y emplear debidamente los recursos públicos municipales.
f) Observar
en su trabajo buenas costumbres y disciplina, así como un trato respetuoso para
sus compañeros de trabajo,
superiores y autoridades.
g) Responder
por los daños o perjuicios que puedan causar sus errores o los actos manifiestamente
negligentes propios de su responsabilidad.
h) Guardar
discreción sobre asuntos relacionados con su trabajo o vinculados con otras dependencias
municipales, cuya divulgación pueda usarse contra los intereses de la Municipalidad.
i) Sugerir,
en el momento oportuno y ante la instancia administrativo-jerárquica
correspondiente, lo que considere adecuado para el mejor desempeño de sus
labores.
j) Desempeñar
dignamente sus cargos.