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 Normativa >> Reglamento municipal 188 >> Fecha 07/12/2009 >> Articulo 33
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Normativa - Reglamento municipal 188 - Articulo 33
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Artículo 33
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            Artículo 33.—Todo trabajador deberá estar amparado a contrato de trabajo o acción de personal que contenga el salario devengado, especificando el salario base y pluses salariales.


 

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