Artículo
66.—La Municipalidad concederá las facilidades suficientes y necesarias a
aquellos funcionarios que participen en actividades de capacitación en el
extranjero: dichas facilidades consistirán en cubrir total financiamiento los
costos de:
A- Los pasajes de ida y regreso en clase
económica.
B- Costos de transporte dentro del país
donde se realizara la capacitación.
C- Hospedaje y alimentación
D- Derecho de matrícula
E- Derecho de exámenes
F- Material didáctico
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