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 Normativa >> Reglamento municipal 188 >> Fecha 07/12/2009 >> Articulo 6
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Normativa - Reglamento municipal 188 - Articulo 6
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Artículo 6
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            Artículo 6º—Los Coordinadores y todos aquellos funcionarios que tengan bajo su responsabilidad, tareas de administración o supervisión de personal, son responsables ante el Alcalde o Vicealcalde (sa) designado, de velar por la correcta aplicación de todas las disposiciones de este reglamento.


 

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