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 Normativa >> Reglamento municipal 188 >> Fecha 07/12/2009 >> Articulo 81
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Normativa - Reglamento municipal 188 - Articulo 81
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Artículo 81
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            Artículo 81.—La evaluación o calificación anual de servicios servirá como reconocimiento a los servidores (as) para estimular y lograr una mayor eficiencia así como factor a considerar en el proceso de reclutamiento y la selección, la capacitación, los ascensos, el aumento de sueldo, la concesión de permisos y las reducciones forzosas de personal.


 

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