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 Normativa >> Reglamento municipal 188 >> Fecha 07/12/2009 >> Articulo 92
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Normativa - Reglamento municipal 188 - Articulo 92
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Artículo 92
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            Artículo 92.—Los funcionarios (as) podrán acogerse o no al pago por concepto de Dedicación Exclusiva, de acuerdo también con el interés que en ello tenga la Administración, y tendrán derecho al pago de la Carrera Profesional de conformidad con la normativa vigente.


 

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