Del manual
descriptivo de puestos
Artículo 45.—La
Municipalidad tendrá un Manual de Clases de Puestos con base en el Manual
General, éste se elaborará con base en procesos y subprocesos, utilizando la
concepción de polifuncionalidad, con el propósito de impulsar una modernización
en la Municipalidad.
La
Municipalidad no podrá crear plazas sin que estén incluidas en el Manual, los
perfiles ocupacionales correspondientes.
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