Artículo
70.—El departamento de Recursos Humanos para adjudicar una beca a un
funcionario municipal deberá preparar un
estudio y presentarlo al Alcalde para su adjudicación con los siguientes
aspectos:
A- Aplicación
de la Beca para el puesto que ocupa el solicitante
B- Evaluación
del desempeño, que en todo caso sea igual o superior al 70% en el último año.
C- Expediente
de personal en lo que se refiere a las sanciones aplicadas en el último año.
D- Asistencia
y resultados de su participación en los eventos de capacitación programadas por
el departamento de Recursos Humanos en
el último año.
E- Aprobación
o recomendación de la jefatura inmediata sobre la beca solicitada.
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