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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35733 >> Fecha 21/12/2009 >> Articulo 51
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35733 - Articulo 51
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Artículo 51    (No vigente*)
Versión del artículo: 1  de 1

CAPÍTULO VI

 

Del nombramiento en propiedad de interinos

con la entrada en vigencia de la Ley N° 8719

 

            Artículo 51.—Del nombramiento en propiedad de interinos. De conformidad con lo establecido en el Transitorio I de la Ley Nº 8719, “Ley de Fortalecimiento de la Legislación contra el Terrorismo” se les aplicará el proceso de Selección y Reclutamiento desarrollado en el presente Capítulo, a aquellos funcionarios del ICD que al momento de publicarse la mencionada ley, se encuentren en las siguientes condiciones:

 

a) Interinos ubicados en plazas vacantes.

b) Interinos ubicados en plazas no vacantes que tengan la posibilidad de ser nombrados en otra plaza vacante.


 

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