Artículo
11.—El FONAFIFO procederá a modificar cuando el beneficiario lo solicite, los
contratos formalizados según los Decretos Ejecutivos Nº 32750-MINAE emitido el
5 de junio de 2005 y publicado en La Gaceta Nº 218, Decreto Ejecutivo
33226-MINAE emitido el 11 de mayo del 2006 y publicado en La Gaceta Nº
141, Decreto Ejecutivo Nº 33852-MINAE emitido el 22 de mayo del 2007 y
publicado en La Gaceta Nº 137, para cambiar el período de pagos de 10
años a 5 años para proyectos de reforestación; el FONAFIFO realizará el ajuste
correspondiente a los porcentajes de pago en cada caso según los pagos
realizados con anterioridad.
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