Artículo
3º—Los servicios de escaneo por rayos X o inspección de equipajes, tendrán
un costo de $2,00 por persona. Dicho cobro se realizará al ingreso o a la
salida de las personas, según convenga a la administración.
- (Así
reformado por el artículo 3° del decreto ejecutivo N° 36341 del 26 de
noviembre de 2010)
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