Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35822 >> Fecha 04/03/2010 >> Articulo 9
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 9     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 35822 - Articulo 9
Ir al final de los resultados
Artículo 9
Versión del artículo: 1  de 1

CAPÍTULO IV

 

De la deuda pública

 

            Artículo 9º—Para la contratación de crédito interno y externo para el financiamiento de proyectos y de líneas de crédito, las entidades públicas, los ministerios y demás órganos según corresponda, cumplirán con los trámites respectivos ante los órganos y entidades correspondientes, de conformidad con la normativa vigente.


 

Ir al inicio de los resultados