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 Normativa >> Reglamento 08 >> Fecha 18/02/2010 >> Articulo 2
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Normativa - Reglamento 08 - Articulo 2
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Artículo 2
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            Artículo 2º—Deberes y funciones: El Archivo Central es la oficina responsable y encargada de velar por el cumplimiento de las normas archivísticas para toda la documentación producida y recibida en función de las actividades del Registro Nacional.


 

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